¿Les ha pasado que han presentado la solicitud de regularización extraordinaria? una autorización de residencia que el gobierno español habilitó para que todas las personas que se encontraran sin papeles en territorio español hasta el 31 de diciembre del 2025 y acumularan como mínimo 5 meses de permanencia continuada en España y con el requisito de carecer de antecedentes penales podían obtener un permiso de residencia y un permiso de trabajo.
La comunicación de inicio a la solicitud de regularización extraordinaria
Se ha establecido que cuando la persona interesada presentaba ante la oficina de extranjería la solicitud de regularización extraordinaria, el proceso empezaba, pero hasta que el interesado recibiera de forma expresa formal, una resolución expresa en la cual se le comunicaba que su expediente empezaba a dar marcha. Entonces, a este documento se le conoce como comunicación de inicio y tiene la ventaja que a la persona extranjera solicitante de la regularización extraordinaria le otorgan de forma provisional un permiso de residencia y lo otorgan de forma provisional un permiso de trabajo hasta que la oficina competente resuelva su solicitud de regularización extraordinaria si cumple con los requisitos que hemos mencionado.
Ahora, ¿qué está ocurriendo en la práctica? En la práctica ha ocurrido que hasta el día 30 de junio del 2026, que fue la fecha límite para presentar la solicitud de regularización extraordinaria, se habían presentado más de 1,200,000 solicitudes a la fecha. Por lo tanto, las oficinas de extranjería están colapsadas por tener que revisar más de 1 millón de solicitudes.
Ahora, como las primeras solicitudes de regularización extraordinaria se presentaron a partir del día 16 de abril del 2026, ya muchos expedientes han sido revisados y han sido admitidos a trámite, es decir, las personas interesadas ya han recibido y están recibiendo la comunicación de inicio, que como volvemos a reiterar tiene el efecto de otorgarle a la persona interesada el permiso provisional del trabajo y el permiso provisional de residencia española hasta que se resuelva de forma definitiva este expediente por la oficina de extranjería.
Las personas que hasta el momento han recibido la comunicación de inicio a su solicitud de regularización extraordinaria
Entonces, centrémonos en las personas que hasta el momento han recibido ya la comunicación de inicio y por ende la oficina de extranjería ya les ha otorgado de forma provisional un permiso provisional de trabajo y un permiso provisional de residencia. ¿Qué ocurre? Que muchas personas están postulando a un trabajo, una oferta de empleo que las empresas españolas dan a conocer. Pero sucede que muchos empleadores desconocen la norma y señalan que como es un permiso provisional de trabajo, los están rechazando a estas personas que están intentando postular a estas ofertas de empleo que estas empresas ofertan. ¿Por qué? Porque se escudan en la razón que dicen, “No, no te puedo contratar porque tú todavía no tienes una residencia y un permiso de trabajo definitivo que ya te haya otorgado la oficina extranjería.
Y esto está sucediendo, chicos. con muchas personas extranjeras en el sentido que presentaron sus solicitudes de regularización extraordinaria en el mes de abril, inicios de mayo y estas personas ya tienen su permiso provisional de trabajo y su permiso provisional de residencia y al momento en que acuden a una empresa española para intentar conseguir un empleo, los empleadores los están descartando señalándoles que simplemente tienen un permiso provisional de trabajo y por lo tanto no se quieren arriesgar en tener que contratarlos para que luego la oficina extranjería diga, “No, no tienes un permiso de trabajo definitivo y tengan que despedirlo y tengan que volver a ofertar ese empleo para otra persona. Entonces, lo que están haciendo muchos empleadores es simplemente descartar a estas personas.
Las oficinas de extranjería ya han emitido un criterio interpretativo en el sentido de clarificar de qué se trata este permiso provisional de trabajo y este permiso provisional de residencia, este permiso provisional de trabajo y este permiso provisional de residencia que se está otorgando y que se ha otorgado a las personas que son solicitantes de arraigo extraordinario se está otorgando para que la persona no tenga que esperar los 5 o 6 meses que tarda la oficina de extranjería en resolver una solicitud. Entonces se les otorga este permiso provisional de trabajo para que las personas ya tengan un sustento legal para poder postular a una oferta laboral.
Estas personas si pasado el plazo de 3 meses aún no reciben, aún no se les notifica la respuesta definitiva por parte de la oficina extranjería, entonces estas personas tienen el derecho de interponer un recurso por silencio administrativo negativo. Es decir, que en el caso que pasó el plazo de 3 meses, la persona interesada pueda interponer un recurso de alzada para que su expediente ya sea resuelta por otra por otro órgano competente. Pero aunque lo interponga este recurso, la persona seguirá gozando del beneficio del derecho de tener un permiso provisional de residencia y de tener un permiso provisional de trabajo.
En este sentido, las personas que se encuentran en la situación de tener un permiso provisional de trabajo y de tener un permiso provisional de residencia, al momento en que sea la entrevista con su posible empleador, la persona extranjera le haga de conocimiento a estos empleadores de qué se trata este permiso provisional de trabajo.
¿Qué pasa si hasta el momento no se ha recibido la comunicación de inicio a la solicitud de regularización extraordinaria?
De acuerdo a este criterio interpretativo que han emitido las oficinas de extranjería, tenemos que señalar que para estas personas, aún no tienen el permiso provisional de trabajo y aún no tienen el permiso provisional de residencia. Por lo tanto, estas personas jurídicamente no pueden postular a una oferta de empleo, a diferencia de aquellas personas que ya han recibido esta comunicación de inicio.
Ahora, ¿qué pueden hacer estas personas si ya pasó el plazo de 3 meses y siguen esperando el sueño de los justos? Porque esto va a ser así con un millón de solicitudes presentadas, solo queda esperar y tener paciencia. Pero si la persona no quiere esperar más de 3 meses, entonces puede considerarse que su solicitud de regularización extraordinaria ha sido denegada por silencio negativo y puede interponer el respectivo recurso ante el órgano competente.
En conclusión, chicos, hay que esperar con calma y hay que informar también a las empresas, a los empleadores, a los reclutadores, a los jefes de recursos humanos. ¿De qué va esta regularización extraordinaria? Que no están las personas cometiendo ninguna infracción. por postular a una oferta de empleo si ya tienen un permiso provisional de trabajo y que este permiso provisional de trabajo, vuelvo a insistir, les habilita a trabajar con papeles en España, ya sea por cuenta propia o trabajar por cuenta ajena. Así que a esperar con calma y por favor hagan de conocimiento esta última información oficial que han emitido las oficinas de extranjería, en especial el Ministerio de Migración e Inclusión Social.
Gracias a Dios y cualquier duda al respecto de este tema, por favor ponte en contacto con el despacho Ciezari & Asociados Asesoría Extranjería y con gusto despejaremos tus dudas.
