Cuando una persona viaja a España en condición de turista, no está autorizado a desarrollar actividades laborales por cuenta ajena mediante un contrato de trabajo, ni tampoco a ponerse un negocio propio.

Por cuanto el Reglamento de Extranjería establece que una persona que viaja a España en tal condición está autorizado para pasear, disfrutar, conocer los principales atractivos que puede brindar este país, pero en ningún caso está autorizado a desarrollar actividades laborales.

Pero eso no significa que la persona durante su estancia en España en condición de turista no pueda indagar, tocar puertas. En el caso de las personas que estén interesadas en conseguir un contrato de trabajo, si necesitan personal, en determinados rubros, en determinadas sectores económicos o así como también aquellas personas que tienen pensado ponerse un negocio propio en España, viajar a determinados pueblos, localidades e identificar en qué ciudad, en qué pueblo, Por ejemplo, si existe escasez de carpinterías, si existe escasez de talleres mecánicos o por ejemplo ir a determinados pueblos donde la cantidad de residentes latinoamericanos es grande y que, por ejemplo, muchas de estas personas tienen necesidad de adquirir productos, por ejemplo, de Perú, Colombia, Argentina, pero que se encuentran con el inconveniente de no poder adquirirlos con relativa facilidad, ya que estos productos por lo general no llegan a determinados puntos por estar muy lejos de las ciudades grandes de España.

Entonces, una vez que esta persona ha podido identificar cuáles son estas actividades que podría poner en marcha mediante un negocio, entonces todas estas ideas debería plantearlas y plasmarlas en un plan de negocio.

El plan de negocios

En el plan de negocios se deberá identificar qué tipo de negocio va a poner, por ejemplo, un taller mecánico, una carpintería o, por ejemplo, traer productos de Perú a España. Luego tendrá que explicar en este plan de negocio cómo lo va a desarrollar, es decir, si va a tener necesidad de alquilar locales comerciales o lo puede hacer todo online a través de plataformas digitales, a través de una página web. ¿Cómo va a ser conocido ese negocio? Es decir, del boca a boca o va a necesitar hacer publicidad.

También va a tener que demostrar cuál es la cualificación o experiencia profesional que tiene la persona extranjera que está interesada en montar un negocio propio en España. Por ejemplo, en el caso de los mecánicos, en el caso de los carpinteros, tendrá que demostrarlo con la experiencia profesional que haya tenido en su país de origen, si ha llevado algunos cursos, con cuántas horas de duración, en qué institución, si tiene proyectado obtener algún certificado de profesionalidad aquí en España o si lo pudo hacer o si ya lo tiene o por ejemplo en el caso por ejemplo de las de actividades profesionales como son en el caso de medicina, arquitectura, derecho, acá necesariamente tendrá que estar la persona colegiada, por ejemplo, en el colegio de arquitectos, en el colegio de abogados, así como también tener el título profesional homologado en España ¿Por qué? Porque todos estos datos tienen que explicarse en este documento llamado plan de negocio.

Este plan de negocio va a ser de vital importancia. Porque este es el documento que le va a explicar e informar al funcionario de extranjería qué negocio quiere poner la persona extranjera en España si quiere trabajar por cuenta propia. Ahora también tendrá que explicar cuáles son las fuentes de financiación que tiene, es decir, si cuenta con recursos propios, explicar cómo ha obtenido ese dinero, explicar si ha sido producto de un préstamo o no, si fue o no fue pagado a día de hoy, pero lo importante es que estos medios económicos, primero tienen que estar disponibles para la persona. Segundo, tiene que ser una cuantía suficiente para poder poner en marcha ese negocio, poder cubrir los gastos de puesta en marcha, pagos de licencias, pago de impuestos, pago de alquileres, pago, por ejemplo, de si tiene pensado hacer publicidad.

¿Es necesario o no demostrar más capital del que se necesita para poner en marcha el negocio en España?

El Tribunal Supremo Español ha emitido una sentencia en el cual ha señalado que en el caso de las personas que están interesadas en poner negocios propios en España, solamente es necesario acreditar el capital suficiente para poner en marcha ese negocio, pero no es necesario demostrar un dinero adicional para demostrar que la persona va a tener con qué mantenerse en España y pagar, por ejemplo, sus gastos de alquiler de habitación, sus gastos de transporte, sus gastos de vestido, etcétera.

¿Por qué el Tribunal Supremo ha llegado a esta conclusión?

El Tribunal Supremo dentro de sus fundamentos ha señalado que, por ejemplo, en el caso de las personas que son contratadas por una empresa española, a esta persona extranjera solo se le exige presentar el contrato de trabajo porque se entiende que producto de su trabajo va a obtener un salario y con ese salario va a poder costear todos sus gastos de manutención, transporte, vestido, alimentación durante su residencia en España.

Entonces, aplicando el Tribunal Supremo ese mismo criterio, ha establecido que en el caso de las personas que tienen pensado montar un negocio propio en España, el capital que se debe demostrar es aquel capital que sea lo suficiente para poder poner en marcha ese negocio. Pero ya no es necesario demostrar un capital adicional. para costear sus gastos de alimentación, vestido durante su residencia en España porque se entiende que si esta persona ya está demostrando qué tipo de negocio va a poner y que este negocio lo va a poner en funcionamiento de tal modo o de tal forma y que para ponerlo en marcha va a necesitar determinada suma de dinero y demuestra que la tiene y demuestra su procedencia lícita y demuestra que no procede de un préstamo, entonces el Tribunal Supremo entiende que esta persona al momento de poner en marcha el negocio, este negocio paulatinamente va a rendir frutos, va a obtener ingresos y que estos ingresos le va a servir a la persona para poder mantenerse durante su residencia en España.

Ahora, esto tampoco significa que si la persona por ahí tiene un capital adicional al necesario para implementar y poner en marcha el negocio, pues bienvenido sea y se puede presentar, pero el Tribunal Supremo ha señalado que a priori no es ya necesario demostrar un capital adicional.

Este plan de negocio necesariamente debe llevar el visto bueno de alguna asociación de trabajadores autónomos en España, como por ejemplo la ATA o cualquier otra para que le dé mayor formalidad a este plan de negocio. Entonces, una vez que esta persona tiene este documento, deberá acudir a la oficina consular de España, por ejemplo, en Lima, Perú, a la oficina consular de España, por ejemplo, en Santiago de Chile, a solicitar el permiso de residencia y trabajo por cuenta propia, porque tiene pensado ponerse, por ejemplo, un taller mecánico en Soria.

En el Consulado de España se deberá presentar el plan de negocios, se deberá presentar los documentos que demuestren que tiene la cualificación, la formación o experiencia profesional para poder desempeñar ese negocio. deberá llevar los documentos que acrediten que tiene el capital suficiente para poner en marcha ese negocio, así como también demostrar el origen lícito de ese dinero. El visto bueno de la Asociación de Trabajadores Autónomos, por ejemplo, la ATA, que acredite que ese negocio tiene viabilidad. Asimismo, su certificado de antecedentes penales, un certificado médico de salud, entre otros documentos que pueda exigir el consulado español.

Entonces, el consulado una vez que recibe los documentos, tendrá un plazo de 3 o 5 meses para dar una respuesta. Durante todo ese tiempo, la persona interesada en obtener este tipo de residencia y permiso de trabajo por cuenta propia tiene que estar en su país de origen, es decir, no puede estar en España más allá de sus 90 días que la ley le otorga como turista.

Una vez que la oficina consular de España, Dios quiera, da el visto bueno y acepta el permiso de residencia y trabajo por cuenta propia, entonces la persona extranjera tiene un plazo de 3 meses desde que recibe dicho visado para entrar a España y luego tiene otros 3 meses más para darse de alta en la seguridad social, en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos y poder desempeñar su actividad por cuenta propia, así como darse de alta en la Agencia Tributaria para el pago de los impuestos.

Ahora, este permiso de residencia y trabajo por cuenta propia tiene una validez de un año y la persona extranjera que fue habilitada a poner y a desarrollar este negocio, solo podrá desarrollar su actividad en aquella localidad, en aquella ciudad que lo señaló en su plan de negocios. Esa es la limitación geográfica que este permiso de residencia y trabajo por cuenta propia inicial otorga durante el primer año de residencia. Es decir, que si, por ejemplo, comentó en su plan de negocios que quiere poner un taller de mecánica, taller mecánico en la provincia de Soria, pues está habilitado para trabajar en esa provincia. No puede irse a Barcelona, no puede irse a Valencia.

Ahora, a su término de este año de residencia, esta persona extranjera podrá renovar este permiso de residencia por 4 años más, pero en cuyo caso deberá demostrar que durante ese año de residencia estuvo dado de alta en la Seguridad Social en el RETA, o sea, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y que continúa estando dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. deberá presentar sus declaraciones de impuesto como el IVA, sus declaraciones de impuestos como el IRPF, sus contratos con los proveedores, sus contratos con los clientes y facturas que haya emitido y o recibido durante el ejercicio de su actividad empresarial.

Entonces, esto ha sido a groso modo los pasos que puede seguir una persona si está interesado en obtener un permiso de residencia y trabajo por cuenta propia porque tiene pensado montarse un negocio propio en España.

Gracias a Dios y cualquier duda al respecto de este tema, por favor ponte en contacto con el despacho Ciezari & Asociados Asesoría Extranjería y con gusto despejaremos tus dudas.