Los cambios que ha establecido el Nuevo Reglamento de Extranjería para trabajar con papeles en España con la visa de estudiante ahora llamada estancia de larga duración por estudios así como también la posibilidad de conseguir una residencia en España después de culminar los estudios y solicitar la nacionalidad española si lo desean son:
I.- El permiso de trabajo aprobado de forma automática con la visa de estudiante en España
En primer lugar, para trabajar de forma automática tanto por cuenta propia mediante la puesta en marcha de un negocio propio en España como por cuenta ajena mediante un contrato de trabajo durante una jornada laboral máxima de 30 horas a la semana con la aprobación de la visa de estudiante se ha establecido que los estudios deben ser los correspondientes a la educación superior.
La educación superior en España:
La educación superior en España comprende: La educación universitaria y la educación correspondiente a la formación profesional.
A) La educación universitaria comprende por ejemplo: los estudios de una carrera universitaria, los estudios de una maestría o máster, los estudios de un doctorado.
Con cualquiera de dichos estudios, se consigue el permiso de trabajo de forma automática con la aprobación de la visa de estudiante.
B) La educación correspondiente a la formación profesional
¿Qué es la formación profesional? Es el conjunto de acciones que tienen como propósito la formación socio-laboral para el trabajo y son los mismos estudios que un chico por ejemplo de Perú, estudiaría en la institución SENATI o en el SENA si se trata de un chico de Colombia.
Los tipos de Formación Profesional queexisten son tres:
- Formación Profesional Básica.
- Formación Profesional de Grado Medio.
- Formación Profesional de Grado Superior.
Ahora para tener la aprobación del permiso de trabajo de forma automática junto con la aprobación de la visa de estudiante mediante una formación profesional, entonces los estudios deben ser los correspondientes a una formación profesional de grado superior.
Asimismo, en todos los casos los estudios se pueden realizar de forma presencial o semipresencial siempre que al menos el 50% de las clases sea realizado de forma presencial y los estudios deben ser a tiempo completo.
II.- El permiso de trabajo para el resto de estudios que también sirven para solicitar la visa de estudiante
Y qué sucede con el permiso de trabajo para el resto de estudios que también sirven para solicitar la visa de estudiante como por ejemplo, la formación profesional de grado medio o de grado básico, el estudio de idiomas como por ejemplo, el catalán, el valenciano, el gallego, entre otros, o los estudios que conducen a la obtención de un certificado profesional o una certificación de aptitud técnica, entonces estos estudiantes extranjeros si desean trabajar sea por cuenta propia mediante la puesta en marcha de un negocio propio o laborar por cuenta ajena mediante un contrato de trabajo deberán acudir nuevamente a las oficinas de extranjería para solicitar el permiso de trabajo que les permita trabajar con papeles en España hasta un máximo de 30 horas a la semana después de que haya sido aprobada su visa de estudiante.
Esto representa un cambio significativo respecto del antiguo Reglamento de Extranjería el cual permitía la aprobación de forma automática del permiso de trabajo aunque se tratasen de estudios que conduzcan a la obtención de un certificado profesional o de una certificación de aptitud técnica.
Y respecto a los médicos extranjeros que hayan ganado una plaza para estudiar alguna especialidad médica dentro del programa de médico residente o MIR, entonces se ha establecido que también pueden realizar actividades laborales sin que sea preciso la tenencia de una autorización para trabajar.
III.- ¿Quién puede solicitar el permiso de trabajo?
El permiso de trabajo lo puede solicitar el empleador o el estudiante extranjero si desea trabajar por cuenta ajena y si desea trabajar por cuenta propia, entonces el permiso de trabajo lo debe solicitar el estudiante extranjero.
IV.- Limitación geográfica para el permiso de trabajo del estudiante en España
Ahora bien, sea que el permiso de trabajo se apruebe de forma automática o no con la aprobación de la visa de estudiante ahora llamada por el Nuevo Reglamento de Extranjería como estancia de larga duración por estudios, tenemos que el permiso de trabajo que se conceda al estudiante tendrá una limitación geográfica.
¿Y cuál es esa limitación geográfica? Que la autorización para trabajar se limitará geográficamente a la comunidad autónoma en la que se haya concedido la visa de estudios, es decir si te han aprobado la visa de estudiante en Valencia, entonces puedes trabajar en toda la Comunidad Valenciana y no por ejemplo en Bilbao, pero esta regla general admite una excepción la cual es que se podrá realizar actividad laboral en localidades de otra comunidad autónoma siempre y cuando sean localidades limítrofes con la comunidad autónoma en la que se haya concedido la autorización de estancia por estudios por ejemplo, si te han aprobado la visa de estudiante en Valencia, entonces puedes trabajar en toda la Comunidad Valenciana y también podrías trabajar en alguna localidad limítrofe que pertenezca a la Generalitat de Cataluña por la cercanía geográfica que existe entre ambas comunidades autónomas.
V.- De visa de estudiante a residencia en España:
Una vez culminado los estudios, el estudiante puede solicitar una residencia en España y el tipo de permiso de residencia que se puede solicitar depende:
A) Si los estudios correspondieron a la educación universitaria, entonces el estudiante puede solicitar:
a) Residencia consistente en una autorización para búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial por 2 años de duración o
b) Residencia consistente en una autorización para prácticas profesionales por 1 año de duración o
c) Residencia y permiso de trabajo por cuenta propia por 1 año de duración o
d) Residencia y permiso de trabajo por cuenta ajena por 1 año de duración.
B) Si los estudios correspondieron a la educación de formación profesional, entonces el estudiante puede solicitar:
a) Residencia consistente en una autorización para prácticas profesionales por 1 año de duración o
b) Residencia y permiso de trabajo por cuenta propia por 1 año de duración o
c) Residencia y permiso de trabajo por cuenta ajena por 1 año de duración.
VI.- En cuanto a la nacionalidad española:
Se debe recordar que las personas extranjeras después de tener 10 años de residencia continuada en España pueden solicitar la nacionalidad española si lo desean, pero en el caso de las personas de Latinoamérica basta con tener 2 años de residencia continuada para solicitar la nacionalidad española.
Asimismo, las personas extranjeras con el objetivo de solicitar la nacionalidad española deben cumplir también los siguientes requisitos los cuales son: Acreditar haber tenido buena conducta cívica durante su residencia en España, carecer de antecedentes penales tanto en su país de origen como en España, aprobar la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España y tener documentación en vigor.
En conclusión, la visa de estudiante permite a su titular trabajar con papeles en España y la posibilidad de conseguir una residencia española al término de los estudios así como también la nacionalidad española si lo desean.
Cualquier duda al respecto de este tema, por favor ponte en contacto con el despacho Ciezari & Asociados Asesoría Extranjería y con gusto despejaremos tus dudas.
