Los extranjeros que poseen el título de abogado en su país de origen y que están interesados en ejercer su profesión en España, tendrán que homologar o convalidar su título profesional o sus estudios universitarios realizados en el extranjero y en el despacho Ciezari & Asociados explicaremos cómo homologar el título de abogado en España.
Formas para homologar el título de abogado en España
Las formas para homologar el título de abogado en España son la convalidación y la homologación.
a) Convalidación de estudios extranjeros universitarios
Mediante esta modalidad la solicitud se presenta ante la propia universidad española y se debe presentar el título de abogado extranjero si fuera el caso, los certificados de notas, el plan de estudios, entre otros documentos, emitidos por la universidad del país de origen del solicitante.
La universidad española realizará un estudio respecto del contenido de las materias que ha estudiado el solicitante y luego le informará cuáles materias que ha estudiado en la universidad de su país de origen son semejantes al plan de estudios español y cuáles materias no y serán precisamente estas materias que el interesado deberá estudiarlas para obtener el diploma español.
En este sentido, el interesado deberá presentar una solicitud de visa de estudiante para estudiar en una universidad española las materias que le faltan, con la finalidad de recibir el diploma español que corresponde a la titulación que ha estudiado.
Además, se debe recordar que el interesado podrá laborar al mismo tiempo que realice sus estudios universitarios en España por cuanto, el permiso de trabajo viene incorporado de forma automática con la aprobación de una visa de estudios al tratarse de estudios de educación superior.
b) La homologación del título de abogado
En cambio, en la homologación la solicitud se debe dirigir ante el Ministerio de Universidades de España mediante la presentación de los mismos documentos que se piden en la convalidación con la finalidad de que dicha institución realice el mismo estudio comparativo que realizaría una universidad española.
Si se tiene suerte, el Ministerio de Universidades puede decidir que los estudios de derecho son semejantes con el plan de estudios español y que el aspirante está apto para continuar con los estudios del “Máster de acceso a la abogacía” y posteriormente, rendir y aprobar el examen de aptitud profesional.
Pero también podrían establecer que se tiene una homologación condicionada, es decir, que se deben estudiar ciertas materias, por ejemplo, en alguna universidad española y una vez que se estudien y superen y luego que la universidad española le otorgue el diploma de “Graduado en Derecho”, entonces el aspirante deberá estudiar a continuación el “Máster de acceso a la abogacía” y aprobar, por último, el examen de aptitud profesional.
Sea cual sea el camino elegido, homologar o convalidar, el solicitante extranjero deberá conseguir un permiso de residencia y trabajo en España y colegiarse en algún Colegio de Abogados de España para ejercer la profesión de abogado ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena.
Cualquier duda al respecto de este tema, por favor ponte en contacto con el despacho Ciezari & Asociados Asesoría Extranjería y con gusto despejaremos tus dudas.
