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Asesoramiento para conseguir la Nacionalidad española por simple presunción
¿Quién puede adquirir la nacionalidad española por simple presunción?
Pueden adquirir la nacionalidad española por simple presunción, los hijos nacidos en territorio español, cuyos padres sean extranjeros con o sin permiso de residencia en España y en el despacho Ciezari & Asociados te ayudaremos a conseguirlo.
La nacionalidad española se adquiere por ius sanguinis o derecho de sangre, es decir que, aunque el hijo nazca fuera de España, pero su padre o su madre hubieran sido originariamente españoles, entonces el hijo adquirirá la nacionalidad española por ser hijo de español con independencia del país en el que haya nacido.
Sin embargo, también puede adquirir la nacionalidad española por simple presunción el hijo que nace en territorio español, aunque sus padres no sean españoles de origen.
La nacionalidad española por simple presunción está dirigida para:
a) Aquellos hijos que hayan nacido en España, sus padres sean extranjeros y en caso de que ninguno de los padres cuente con ciudadanía (apátridas) o
b) Aquellos hijos que hayan nacido en España, sus padres sean extranjeros y si la legislación de los países de ninguno de los padres le concede al hijo una nacionalidad.
¿Qué incluye el servicio?
Asesoramiento completo
Estudio del caso, asesoría de los documentos que deben reunirse para poder preparar el expediente, relleno de formularios, revisión de la documentación y del cumplimiento de los requisitos legales.
Presentación de documentos
Presentamos la solicitud a través de un registro electrónico profesional.
Seguimiento de la solicitud
Estamos pendientes del expediente durante todo el proceso.
El servicio no incluye:
– Pago de tasas administrativas
– Obtención de documentos
– Gestión de citas
– Legalización, traducción, apostilla
